Segundo paquete de medidas “urgentes” del Gobierno para hacer frente a la catástrofe de la DANA. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En total, las ayudas aprobadas por el Ejecutivo central ya alcanzan los “14.373 millones” de euros, ha destacado Sánchez.
Pedro Sánchez ha destacado que ya hay 400 empresas que
han solicitado acogerse a ERTE por fuerza mayor por la DANA, que alcanzan a
9.000 trabajadores. Además, “más de 2.800 personas han pedido ayudas directas
por daño a la vivienda o pérdida de enseres” y también se han presentado “unas
158.000 solicitudes” al Consorcio de Compensación de Seguros, de las cuales “el
80% ya están en tramitación y las primeras han empezado a cobrarse”.
El presidente ha expresado su “agradeciminto expreso”
a los sindicatos, patronal, empresas y a distintos colectivos por su respuesta
unida a la emergencia. “El Gobierno está y va a estar ahí, con todos los
recursos que haga falta”, ha asegurado Sánchez. El Ejecutivo calcula que las
medidas “ayudarán a unos 400.000 trabajadores y trabajadoras a mantener sus
ingresos, a unas 30.000 empresas a reactivar su actividad y a unas 100.000
familias a cubrir necesidades básicas”.
A falta de la letra pequeña del decreto que se
publique en el BOE, a continuación desglosamos algunas de las medidas más
destacadas de este segundo paquete de respuesta del Gobierno a la catástrofe,
según ha detallado el presidente y explican fuentes gubernamentales a
elDiario.es.
Permisos con el 100% del salario
Como había
adelantado estos días la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, el
Ministerio de Trabajo ha regulado una serie de “permisos retribuidos no
recuperables” relacionados con la catástrofe de la DANA que permiten a las
personas trabajadoras ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración y sin
necesidad de que recuperen esas horas, a diferencia de lo que sucedió en pandemia (cuando sí se
estableció un plazo para la recuperación del tiempo no trabajado).
Las causas que dan derecho a estos permisos
retribuidos son:
1) Imposibilidad de acceder al centro de
trabajo o de realizar la prestación laboral
2) Labores de traslado, limpieza o
acondicionamiento del domicilio habitual,
3) Desaparición de familiares
4) Fallecimiento de familiares.
5) Atención de deberes de cuidado
derivados de la DANA
“Se entenderá que concurren deberes de cuidado cuando
sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para la atención cuando la
persona que, hasta el momento, se hubiera encargado habitualmente del cuidado o
asistencia directos de cónyuge o familiar hasta segundo grado de la persona
trabajadora no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas directamente
relacionadas con la DANA”, explican en el Ministerio de Yolanda Díaz. Se trata
de “un derecho individual de cada uno de los progenitores o cuidadores”, añaden
en Trabajo.
En el Ministerio subrayan que “la adopción de
cualquier medida desfavorable para la persona trabajadora derivada del
ejercicio de los derechos de ausencia será calificada como nula”. Y apuntan
que, además de las ausencias, se considerarán justificadas “las faltas de
puntualidad o las interrupciones de la jornada laboral que se deriven de las
mismas”.
Restricción a los despidos e interrupción
contratos temporales
Como ocurrió durante la pandemia de COVID, el
Ministerio de Trabajo ha regulado para restringir las causas de los despidos
relacionados con la catástrofe de la DANA, lo que la vicepresidenta Yolanda
Díaz suele denominar como el “prohibido despedir”.
En concreto, “las empresas beneficiarias de las ayudas
directas previstas con ocasión de la DANA no podrán despedir por Fuerza Mayor o
ETOP” (causas objetivas), explican en el Ministerio de Trabajo, por lo que “el
despido sería considerado nulo”, argumentan. “En los contratos Fijos
discontinuos no supondrán ni falta de llamamiento ni fin de actividad”, añaden
en el departamento de Díaz.
Además, la suspensión de los contratos temporales
–incluidos los formativos, de relevo y de interinidad– por las causas relativas
a la DANA “supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos
contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo
suspendido”.
Prioridad de teletrabajo
El Ministerio de Trabajo explica que en las empresas afectadas por la DANA, “el trabajo a distancia será la forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral preferente frente a otras medidas organizativas o de ajuste”.
Se amplían los ERTE por la catástrofe
Trabajo explica que cuando las empresas soliciten un
ERTE relacionado con la DANA por causas económicas, técnicas, organizativas y
de producción (ETOP), “las personas trabajadoras se beneficiarán del régimen
especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza
mayor”. Es decir, no se requerirá periodo de carencia (mínimo cotizado) para el
reconocimiento de la prestación, “su disfrute no implicará el consumo de
cotización”. Las personas acogidas a ERTE por la DANA “percibirán el 70% de la
base reguladora durante toda la prestación”, destacan en Trabajo.
La baja laboral por la DANA sin mínimo de
cotización
Pedro Sánchez ha explicado que se ha ampliado el
acceso de los trabajadores a la baja laboral especial por la DANA, de mayor
cuantía al ser asimilada a un accidente de trabajo, regulada en el primer
paquete de medidas. La Seguridad Social ha eliminado el periodo de carencia (el
mínimo de cotización exigido) para acceder a esta incapacidad temporal
especial, explican en el Ministerio de Elma Saiz.
Ayuda de paro parcial para autónomos
Se ha aprobado también una nueva ayuda de paro parcial
para los autónomos (prestación extraordinaria por cese parcial), que “les
permitirá compatibilizar su actividad durante tres meses con la recepción de
esta ayuda”, ha destacado Sánchez. “Será equivalente al 50% de su base de
cotización”, ha indicado.
Plan 'Me Cuida': adaptar o reducir la
jornada
Trabajo recupera el llamado Plan 'MeCuida' que aprobó
durante la pandemia, con un refuerzo de los derechos de los trabajadores a
pedir adaptaciones y reducciones de la jornada para cuidar a familiares con
motivo de la DANA. Las empresas pueden denegar las peticiones, pero ha de
justificar debidamente por qué.
Protección especial para empleadas del
hogar
Ante la “imposibilidad total o parcial” de prestarse
los trabajos del servicio del hogar familiar, el empleo doméstico, “se reconoce
expresamente el derecho a la suspensión contractual y a la reducción de la
jornada” de las trabajadoras, así como se aplicará “el especial régimen de
prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor”, indican en
el Ministerio de Trabajo. Es decir, no será necesario periodo de carencia
(mínimo cotizado), “no se consumirán periodos cotizados y la cuantía será el 70%
de la base reguladora”.
Ayudas vivienda: alquiler, públicas y a
compra
El Gobierno ha ampliado también las ayudas destinadas
a paliar los efectos del temporal sobre las viviendas. Sánchez ha anunciado
este lunes que las ayudas para la recuperación de vivienda habitual se
ampliarán a aquellos propietarios de viviendas en alquiler, que hayan visto
afectados sus inmuebles. Del mismo modo, el presidente ha confirmado que el
Ejecutivo subvencionará la pérdida de enseres a los inquilinos, con hasta
10.320 euros. “Para que estas ayudas lleguen más rápido, hemos decidido
realizar un anticipo inmediato del 50% a todos los ciudadanos que decidan
solicitarlas”, ha explicado.
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