Ir al contenido principal

Segundo paquete de medidas “urgentes” del Gobierno para hacer frente a la catástrofe de la DANA. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. En total, las ayudas aprobadas por el Ejecutivo central ya alcanzan los “14.373 millones” de euros, ha destacado Sánchez.



Tras el primer real decreto ley con ayudas urgentes, por valor de 10.600 millones de euros, “damos un paso más en esta primera fase de respuesta inmediata”, ha destacado el presidente del Gobierno. “Y avanzamos en la fase de reconstrucción”, ha añadido Sánchez, “con medidas con carácter de urgencia”. En total, 110 medidas, con una “inversión agregada de 3.765 millones de euros”.  

Pedro Sánchez ha destacado que ya hay 400 empresas que han solicitado acogerse a ERTE por fuerza mayor por la DANA, que alcanzan a 9.000 trabajadores. Además, “más de 2.800 personas han pedido ayudas directas por daño a la vivienda o pérdida de enseres” y también se han presentado “unas 158.000 solicitudes” al Consorcio de Compensación de Seguros, de las cuales “el 80% ya están en tramitación y las primeras han empezado a cobrarse”.

El presidente ha expresado su “agradeciminto expreso” a los sindicatos, patronal, empresas y a distintos colectivos por su respuesta unida a la emergencia. “El Gobierno está y va a estar ahí, con todos los recursos que haga falta”, ha asegurado Sánchez. El Ejecutivo calcula que las medidas “ayudarán a unos 400.000 trabajadores y trabajadoras a mantener sus ingresos, a unas 30.000 empresas a reactivar su actividad y a unas 100.000 familias a cubrir necesidades básicas”. 

A falta de la letra pequeña del decreto que se publique en el BOE, a continuación desglosamos algunas de las medidas más destacadas de este segundo paquete de respuesta del Gobierno a la catástrofe, según ha detallado el presidente y explican fuentes gubernamentales a elDiario.es.

Permisos con el 100% del salario

Como había adelantado estos días la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, el Ministerio de Trabajo ha regulado una serie de “permisos retribuidos no recuperables” relacionados con la catástrofe de la DANA que permiten a las personas trabajadoras ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración y sin necesidad de que recuperen esas horas, a diferencia de lo que sucedió en pandemia (cuando sí se estableció un plazo para la recuperación del tiempo no trabajado). 

Las causas que dan derecho a estos permisos retribuidos son: 

1) Imposibilidad de acceder al centro de trabajo o de realizar la prestación laboral

2) Labores de traslado, limpieza o acondicionamiento del domicilio habitual,

3) Desaparición de familiares

4) Fallecimiento de familiares.

 5) Atención de deberes de cuidado derivados de la DANA 

“Se entenderá que concurren deberes de cuidado cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para la atención cuando la persona que, hasta el momento, se hubiera encargado habitualmente del cuidado o asistencia directos de cónyuge o familiar hasta segundo grado de la persona trabajadora no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas directamente relacionadas con la DANA”, explican en el Ministerio de Yolanda Díaz. Se trata de “un derecho individual de cada uno de los progenitores o cuidadores”, añaden en Trabajo.

En el Ministerio subrayan que “la adopción de cualquier medida desfavorable para la persona trabajadora derivada del ejercicio de los derechos de ausencia será calificada como nula”. Y apuntan que, además de las ausencias, se considerarán justificadas “las faltas de puntualidad o las interrupciones de la jornada laboral que se deriven de las mismas”.

Restricción a los despidos e interrupción contratos temporales

Como ocurrió durante la pandemia de COVID, el Ministerio de Trabajo ha regulado para restringir las causas de los despidos relacionados con la catástrofe de la DANA, lo que la vicepresidenta Yolanda Díaz suele denominar como el “prohibido despedir”. 

En concreto, “las empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas con ocasión de la DANA no podrán despedir por Fuerza Mayor o ETOP” (causas objetivas), explican en el Ministerio de Trabajo, por lo que “el despido sería considerado nulo”, argumentan. “En los contratos Fijos discontinuos no supondrán ni falta de llamamiento ni fin de actividad”, añaden en el departamento de Díaz.

Además, la suspensión de los contratos temporales –incluidos los formativos, de relevo y de interinidad– por las causas relativas a la DANA “supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos, como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido”.

Prioridad de teletrabajo

El Ministerio de Trabajo explica que en las empresas afectadas por la DANA, “el trabajo a distancia será la forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral preferente frente a otras medidas organizativas o de ajuste”.

Se amplían los ERTE por la catástrofe

Trabajo explica que cuando las empresas soliciten un ERTE relacionado con la DANA por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP), “las personas trabajadoras se beneficiarán del régimen especial de la prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor”. Es decir, no se requerirá periodo de carencia (mínimo cotizado) para el reconocimiento de la prestación, “su disfrute no implicará el consumo de cotización”. Las personas acogidas a ERTE por la DANA “percibirán el 70% de la base reguladora durante toda la prestación”, destacan en Trabajo.

La baja laboral por la DANA sin mínimo de cotización

Pedro Sánchez ha explicado que se ha ampliado el acceso de los trabajadores a la baja laboral especial por la DANA, de mayor cuantía al ser asimilada a un accidente de trabajo, regulada en el primer paquete de medidas. La Seguridad Social ha eliminado el periodo de carencia (el mínimo de cotización exigido) para acceder a esta incapacidad temporal especial, explican en el Ministerio de Elma Saiz.

Ayuda de paro parcial para autónomos

Se ha aprobado también una nueva ayuda de paro parcial para los autónomos (prestación extraordinaria por cese parcial), que “les permitirá compatibilizar su actividad durante tres meses con la recepción de esta ayuda”, ha destacado Sánchez. “Será equivalente al 50% de su base de cotización”, ha indicado.

Plan 'Me Cuida': adaptar o reducir la jornada

Trabajo recupera el llamado Plan 'MeCuida' que aprobó durante la pandemia, con un refuerzo de los derechos de los trabajadores a pedir adaptaciones y reducciones de la jornada para cuidar a familiares con motivo de la DANA. Las empresas pueden denegar las peticiones, pero ha de justificar debidamente por qué.

Protección especial para empleadas del hogar

Ante la “imposibilidad total o parcial” de prestarse los trabajos del servicio del hogar familiar, el empleo doméstico, “se reconoce expresamente el derecho a la suspensión contractual y a la reducción de la jornada” de las trabajadoras, así como se aplicará “el especial régimen de prestación por desempleo previsto para los casos de fuerza mayor”, indican en el Ministerio de Trabajo. Es decir, no será necesario periodo de carencia (mínimo cotizado), “no se consumirán periodos cotizados y la cuantía será el 70% de la base reguladora”.

Ayudas vivienda: alquiler, públicas y a compra

El Gobierno ha ampliado también las ayudas destinadas a paliar los efectos del temporal sobre las viviendas. Sánchez ha anunciado este lunes que las ayudas para la recuperación de vivienda habitual se ampliarán a aquellos propietarios de viviendas en alquiler, que hayan visto afectados sus inmuebles. Del mismo modo, el presidente ha confirmado que el Ejecutivo subvencionará la pérdida de enseres a los inquilinos, con hasta 10.320 euros. “Para que estas ayudas lleguen más rápido, hemos decidido realizar un anticipo inmediato del 50% a todos los ciudadanos que decidan solicitarlas”, ha explicado.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Relación Nominal de Trabajadores (Antiguo TC2)

Este es el documento actual de la Relación Nominal de Trabajadores, que sustituye al anterior TC2.

Recibo de Liquidación de Cotizaciones (Antiguo TC1)

 Este documento es el actual Recibo de Liquidación de Cotizaciones, que sustituye al anterior TC1.

Posibles preguntas en una entrevista de trabajo

Para todos aquellos que tengan que realizar una entrevista, aquí les dejamos algunas de las preguntas más frecuentes que les pueden plantear. Esperamos que les sirvan de ayuda, de cara a afrontar una entrevista. Un saludo OFIVAGUADA