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PLAN LGTBI PARA LAS EMPRESAS CON MÁS DE 50 EMPLEADOS

   Hemos recopilado información sobre los planes de integración de los colectivos LGTBI que podéis encontrar en "Pacto Mundial"


         ¿QUÉ ES UN PLAN LGTBI?

Un plan LGTBI es un conjunto de políticas, procedimientos y acciones diseñadas para promover la inclusión y la igualdad de oportunidades dentro de una organización, así como para prevenir la discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Estos planes han pasado a ser obligatorios para ciertas empresas a raíz de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, o, más conocida, como Ley Trans.

Según la publicación  “Gestión de la diversidad LGBT+ en España, sólo un 41% de las empresas presenta un clima laboral donde se hable de manera natural y se normalice completamente la visibilidad de las personas LGTBI. Sin embargo, en el plano positivo, el 60% de las empresas que aún no abordan programas de diversidad LGBT+ tienen previsto empezar a hacerlo en los próximos 3 años.

 

 ¿CÓMO SE PUEDE ELEABORAR UN PLAN LGTBI?

  1. Diagnóstico: se deberá establecer una recopilación de datos para elaborar un diagnóstico en base a la diversidad y la inclusión LGTBI.
  2. Plan LGTBI: se elaborará un plan de actuación que ponga en práctica las políticas y acciones planificadas. Este plan LGTBI debe ser integral e incluir políticas formación y sensibilización en diversidad, así como medidas específicas para promover la inclusión y un protocolo que ayude a prevenir, detectar y actuar ante casos de discriminación.

 

 ¿PARA QUE EMPRESAS SON OBLIGATORIOS?

A partir del 2 de marzo de 2023, es una obligación para aquellas empresas que cuenten con más de 50 personas trabajadoras contar con un plan y un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI.

De hecho, los organismos competentes, destacan que la adopción de un protocolo contra el acoso o la violencia hacia las personas LGTBI, así como las medidas para lograr la igualdad real y efectiva, es una responsabilidad empresarial que debe concretarse antes del 2 de marzo de 2024, independientemente del desarrollo reglamentario.

¿LA NO ELABORACIÓN DE ESTE PLAN CONLLEVA SANCIONES? ¿CUÁLES SON?

En el caso de que no se cuente con un protocolo LGTBI o no se haya impartido formación de sensibilización LGTBI, las multas pueden variar desde 200 a 150.000 euros, dependiendo de si se califican como leves o muy graves.



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