Ir al contenido principal

LA FATIGA PANDÉMICA

Según los datos de una encuesta de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la fatiga emocional está afectando al 60% de la población europea.




La fatiga pandémica es una reacción natural y esperada, consecuencia de afrontar una crisis de salud pública prolongada. Experimentar estos signos no es señal de patología, simplemente es señal de que nos estamos adaptando a escenarios nunca antes vividos.

Apatía, desmotivación o fatiga son algunos de los otros efectos que está teniendo el coronavirus en muchas personas, advierte la OMS, que ha bautizado a estos problemas emocionales y adaptativos, como “Fatiga Pandémica”.

Para la OMS, este bajo estado de ánimo es normal en toda crisis, sobre todo si esta se alarga y prolonga en el tiempo, con efectos potenciales de estrés y ansiedad en nuestra salud física y mental.

Para reducir los efectos de esta fatiga pandémica podemos realizar un cambio de hábitos como: cuidar nuestros hábitos de sueño, mantener hábitos saludables, reducir el tiempo que pasamos absorbiendo información sobre la pandemia y realizar ejercicio físico de forma regular.

Pero, ¿Qué pueden hacer los Recursos Humanos y las empresas para dar soporte a sus empleados?

Al principio de la pandemia hubo un énfasis en proporcionar a los empleados programas dirigidos al bienestar físico con, por ejemplo, clases de fitness; pero el bienestar del empleado se expande a:

El bienestar Emocional: pueden llevarse a cabo webinars (o conferencias web) sobre medidas de apoyo psicológico en la pandemia, o proporcionar atención psicológica gratuita. Gestionar la cantidad de trabajo (crear formas de trabajo que permitan descansos, reducción de reuniones innecesarias, etc.); individualización para atender las necesidades de conciliación del empleado, entre otras.

Bienestar Económico: ante la preocupación por el mercado laboral y el desempleo,  facilitar programas de soporte informativo sobre los beneficios de la empresa, y servicios externos de asesoramiento legal y económico a los empleados.

Bienestar físico: programas educativos nutricionales, de entrenamiento, clases de fitness o yoga por video-llamada, etc.

Bienestar social: implementar políticas de trabajo flexible, organizar encuentros y charlas informales entre la comunidad de empleados e invitados externos para tratar temas relevantes en un ambiente de inclusión y pertenencia.

Promover y dar programas de soporte desde una perspectiva multidimensional al bienestar y a la salud mental del empleado serán claves durante los próximos meses y representa una puerta a abrir en cada organización.

Fuente: https://www.fororecursoshumanos.com/fatiga-pandemica/

Comentarios

Entradas populares de este blog

Relación Nominal de Trabajadores (Antiguo TC2)

Este es el documento actual de la Relación Nominal de Trabajadores, que sustituye al anterior TC2.

Recibo de Liquidación de Cotizaciones (Antiguo TC1)

 Este documento es el actual Recibo de Liquidación de Cotizaciones, que sustituye al anterior TC1.

Bases máximas y mínimas de cotización del año 2025 para trabajadores por cuenta ajena.

 En el artículo 2 se establece que, a partir del 1 de enero de 2025, el límite máximo de la base de cotización al Régimen General será de 4.909,50 euros al mes o 163,65 euros al día. Esto significa un aumento del 4% respecto al año 2024. En cuanto a las bases mínimas, se ajustarán automáticamente según el aumento del salario mínimo interprofesional (SMI), con un incremento adicional de un sexto. Además, se espera que el SMI suba entre un 4% y un 5%. Estas bases mínimas y máximas también aplican a diferentes categorías profesionales, como se puede ver en la tabla. A partir del 1 de enero de 2025, los tipos de cotización al Régimen General serán los siguientes: Para las contingencias comunes, la cotización será del 28,30%. De esta cantidad, el 23,60% lo pagará la empresa y el 4,70% lo aportará el trabajador. Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se aplicarán los tipos de la tarifa de primas que están establecidos en la disposición adicional cua...